Otras formas de colaborar
A título individual o desde tu empresa o entidad puedes ayudarnos a construir una Rioja más justa y solidaria.
Otras formas de colaborar
A título individual o desde tu empresa o entidad puedes ayudarnos a construir una Rioja más justa y solidaria.
Detalles solidarios para bodas, bautizos y comuniones
¿Es un día especial y queréis que el recuerdo para vuestros invitados también lo sea? ¿Sí? Entonces os proponemos convertir vuestro detalle de boda, bautizo o comunión en un gesto solidario con las muchas personas a las que ayuda Cáritas La Rioja. Podéis realizar una donación a este fin social y a cambio os entregaremos estos bonitos detalles personalizados, un certificado para que os podáis desgravar la donación ¡y una gran sonrisa de agradecimiento!
Colabora desde tu empresa
La colaboración de tu empresa es imprescindible para promover una sociedad más justa y solidaria. Te animamos a potenciar vuestra responsabilidad social corporativa. ¿Cómo?
Regala la experiencia y el conocimiento de los profesionales que trabajan en tu empresa.
Difunde nuestros programas y campañas de captación y sensibilización a través de vuestras herramientas de comunicación.
Contrata los servicios medioambientales de Fundación Cáritas Chavicar o confía en sus servicios laborales.
Moviliza a tus empleados, clientes y proveedores.
Contribuye con un donativo en especie.
Se nos ocurren muchas posibilidades. ¿Hablamos?
Beneficios fiscales
Tu solidaridad representa el compromiso con los demás y la satisfacción de contribuir a mejorar la vida de muchas personas. Además, desde 2021 los donativos desgravan aún más.
Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tienen derecho a deducir de la cuota íntegra el resultado de aplicar a la base de la deducción correspondiente al conjunto de donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción la siguiente escala:
- Importe de hasta 150€: 80% de deducción
- Resto de la base de deducción: 35% de deducción
Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros, será el 40 por ciento.