Hazte socio o donante
Las donaciones puntuales o periódicas llegan a quien más lo necesita. Con vuestra ayuda podemos ofrecer cariño, bienes y servicios a las muchas personas atendidas por nuestra entidad.
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Donaciones puntuales
Puedes realizar una donación puntual en cualquiera de nuestras cuentas bancarias.
- Ibercaja: ES75 2085 5652 80 0300185590
- BBVA: ES73 0182 3500 27 0208504757
- Santander: ES92 0049 6684 11 2016066324
- Caixabank: ES30 2100 5571 91 2200197433
Puedes donar a través de Bizum: Código 02121 |
Asimismo, puedes realizar tu aportación con tu tarjeta de crédito de forma muy sencilla a través de la pasarela segura de «la Caixa». No es necesario ser cliente de esta entidad bancaria para realizar una donación mediante este sistema.
Hazte socio
Gracias a tu ayuda podemos estar al lado de quienes más nos necesitan.
“Cepillo digital” en el centro comercial Parque Rioja
Gracias a la colaboración de CaixaBank, contamos con un “cepillo digital” en el centro comercial Parque Rioja. Se trata de un TPV contactless que acepta microdonativos de 2, 5 y 10 euros. Para efectuar la operación con éxito, basta con acercar el medio de pago a unos centímetros de distancia del dispositivo. Se puede utilizar un teléfono móvil, tarjeta de crédito, reloj inteligente o cualquier otro medio compatible con el pago móvil.
Emergencias
Cáritas está con los pueblos y comunidades que sufren desastres naturales, conflictos o crisis humanitarias, antes, durante y después, trabajando para mejorar la capacidad de respuesta y lograr una rápida recuperación.
En la página de Cáritas Española puedes conocer las emergencias activas actualmente y realizar una aportación.
Beneficios fiscales
Tu solidaridad representa el compromiso con los demás y la satisfacción de contribuir a mejorar la vida de muchas personas. Además, desde 2021 los donativos desgravan aún más.
Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tienen derecho a deducir de la cuota íntegra el resultado de aplicar a la base de la deducción correspondiente al conjunto de donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción la siguiente escala:
- Importe de hasta 150€: 80% de deducción
- Resto de la base de deducción: 35% de deducción
Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros, será el 40 por ciento.