Servicios Sociales en riesgo

Carmelo Juárez · Comisión de Denuncia de Cáritas La Rioja
La Ley 27/2013 ha reformado el marco competencial de los municipios en diversos ámbitos aunque afecta especialmente a los servicios sociales. En estas líneas nos preguntamos por los efectos que puede suponer en el Bienestar Social en nuestras ciudades y pueblos, sobre todo en los más pequeños.

La norma anterior permitía que los municipios prestasen cuantos servicios públicos contribuyeran a satisfacer las necesidades de su población. La nueva los limita estrictamente y los restringe a «los términos previstos» en su articulado. Parece que los municipios no podrán prestar los servicios sociales que consideren más convenientes sino sólo aquellos que la ley les atribuya y de la manera en que lo haga. Además ahora se impide que desarrollen actividades complementarias a las que sean competencia de otras administraciones.

La norma anterior recogía como competencia municipal la «Prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social». La nueva se limita a la «Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social». Hay un riesgo de que los municipios queden sólo para labores de oficina de información y evaluación, sin poder intervenir en los problemas, y como gestores de «beneficencia» de emergencia a la antigua usanza, que se deduce de una lectura estricta que dejaría que eliminaría la mayoría de los servicios sociales municipales.

Cambian también los criterios o principios que rigen las competencias municipales. Frente a la «descentralización y la máxima proximidad al ciudadano» anterior, la norma nueva elimina la proximidad al ciudadano y añade dos principios: «la eficiencia y la estabilidad y sostenibilidad financiera». El riesgo es el de la pérdida de cercanía a los problemas y quizás los mayores costes debidos a ella, así como que su aplicación se limite a la austeridad y reducción del gasto que por la experiencia reciente es fácil sospechar.

Estas competencias de servicios sociales sólo están obligadas a ejercerlas los municipios con población superior a 20.000 habitantes. En nuestra región sólo Logroño y Calahorra quedan obligados a ejercerlas. El resto de los municipios, el 45% de la población regional, sólo podrán hacerlo si cumplen los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad. Una aplicación restrictiva de estos principios supone un riesgo añadido de que ni tan siquiera estos pocos servicios lleguen a ser prestados por la mayoría de los ayuntamientos. Las consecuencias son difíciles de prever pero ante poblaciones envejecidas, la carencia de servicios sociales próximos puede vaciar, aún más si cabe, nuestros pequeños municipios y poner en peligro la calidad de vida y la dignidad de las personas que viven en ellos. Parecería que el Bienestar Social no se encuentra entre las prioridades políticas máximas.

La reforma permite que el Estado y las Comunidades Autónomas deleguen en los municipios sus competencias con la condición de que no podrá supone un mayor gasto en ellas que el que hicieran las Administraciones titulares. De darse esta delegación, los ayuntamientos quedarían como un mero brazo ejecutor de las competencias de Servicios Sociales sujetas a las prioridades presupuestarias de aquellas, con independencia del estado de las necesidades sociales que el municipio pudiera apreciar.
Estos cambios no son visibles todavía ya que hay plazo hasta el 31 de diciembre de 2015 para que las Comunidades Autónomas asuman el coste de los servicios sociales municipales actuales, los deleguen o no. La cuestión estriba por tanto en saber si las Comunidades Autónomas, nuestra Comunidad Autónoma de La Rioja, tienen capacidad financiera para abordar ese gasto y tienen los servicios sociales como una prioridad política que les lleve a su mantenimiento. Parece que no. La crisis actual está poniendo de manifiesto las series dificultades presupuestarias del estado autonómico y las propias previsiones ante la Unión Europea (Plan Nacional de Reformas) del gobierno de la nación incluyen una reducción de más de 3.000 millones de € hasta 2015 por «supresión de servicios que no son de competencia local». Las Comunidades Autónomas también tienen que recortar sus gastos actuales. ¿En esas condiciones van a asumir ese monto sin un cambio de prioridades en favor del bienestar social?

La concreción del contenido de estas competencias municipales está en manos de las Comunidades Autónomas, que pueden aprobar la ley que las desarrolle. El horizonte está claro y el plazo empieza a apurar. Aunque la ley ha sido recurrida ante el tribunal constitucional, está vigente y su desarrollo ha de concretarse antes del final de 2015. Es el momento del debate y la reflexión sobre qué Estado de Bienestar queremos y cómo definir la distribución competencial de forma que ayude a la vida y el bienestar de la población sin desdeñar el medio rural y sus necesidades, actuando desde la proximidad y el conocimiento que aporta de la realidad.

Para los católicos, la forma de hacer presente la justicia del evangelio en nuestro mundo cercano nos la ha recordado el Papa Francisco cuando en su exhortación Evangelii Gaudium nos dice: «El crecimiento en equidad exige algo más que el crecimiento económico, aunque lo supone, requiere decisiones, programas, mecanismos y procesos específicamente orientados a una mejor distribución del ingreso, a una creación de fuentes de trabajo, a una promoción integral de los pobres que supere el mero asistencialismo». Por tanto hemos de trabajar para que las reformas legales no socaven la construcción de un mundo más justo.